jueves, 27 de agosto de 2009

RENUNCIÓ EL "FINO" PALACIOS.

TRIUNFO DE LAS ORGANIZACIONES DE DERECHOS HUMANOS, SOCIALES, SINDICALES Y POLÍTICAS Organizaciones que realizaron el miércoles 26 de agosto, una conferencia de prensa en CTERA, de todos los sectores que desde hace meses vienen recolectando firmas para la remoción del Jefe de la Policía de la Ciudad nombrado por Macri, Jorge "Fino" Palacios. De la misma participaron Taty Almeida -Madres de Plaza de Mayo Línea Fundadora-, Diana Wassner -Memoria Activa- , Sergio Burstein - Familiares de Víctimas de la AMIA- , HIJOS, Hugo Yasky -Secretario General de la CTA-, Stella Maldonado y Tito Nenna - Secretaria General y Adjunto de CTERA-, Edurado López y Alejandro Demichelis -Sec. General y Adjunto de UTE-, Cecilia Martínez -Sec. General Adjunta de SUTEBA-, el Senador Daniel Filmus, la Diputada Nacional Victoria Donda, los legisladores de la Ciudad: Gabriela Alegre, Sebastián Gramajo, Patricia Walsh, Raúl Puy, Aníbal Ibarra, Gonzalo Ruanova, María José Lubertino –Presidenta del INADI-, la lesgislatoda electa María Elena Naddeo, Humberto Tumini de Libres del Sur y José Campagnela de Nuevo Encuentro. Además participaron distintos representantes que participaron de la Campaña 100 mil firmas para la remoción del "Fino" Palacios. Este personaje cuestionado y repudiado por sus implicancias contra los derechos humanos, la causa de la AMIA, su desempeño poco transparente en el secuestro de Axel Blumberg, entre otros casos, produjo una gran movilización y compromiso de muchos sectores que veían amenazada la seguridad de los habitantes de la Ciudad. Era evidente que Palacios era nombrado para desarrollar una policía represiva y para seguir criminalizando la protesta social como lo viene haciendo Macri, con su grupo de choque la UCEP. Se habían recolectado más de 50 mil firmas y la lucha y resistencia hizo posible esta renuncia que reclamaban todos estos sectores. Se seguirá impulsando que el nuevo jefe de policía de la Ciudad sea designado en audiencia pública con la presencia de los actores sociales y políticos de Buenos Aires, y que no tenga ninguna vinculación con causas de represión o relación con acciones en la última dictadura militar. Este es un triunfo de las organizaciones que supieron comprometerse para que nunca más un implicado en violaciones de los derechos humanos sea funcionario de ningún gobierno. (ORGANIZACIONES QUE PARTICIPARON DE LA RECOLECCIÓN DE 100 MIL FIRMAS POR LA REMOCIÓN DE JORGE "FINO" PALACIOS)

miércoles, 26 de agosto de 2009

INICIATIVA CIUDADANA POR UNA LEY DE RADIODIFUSIÓN PARA LA DEMOCRACIA

EL JUEVES 27 DE AGOSTO a las 11hs. en el Cabildo Por la LIBERTAD DE EXPRESIÓN y contra el discurso hegemónico y monopólico: VAMOS POR LA NUEVA LEY *POR LA DEROGACIÓN DE LA LEY DE RADIODIFUSION *POR LA NUEVA LEY DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL *POR LA REDISTRIBUCIÓN DE LA PALABRA PÚBLICA

LA COMUNICACION ES UN TEMA DE TODOS LOS CIUDADANOS

INICIATIVA CIUDADANA POR UNA LEY DE RADIODIFUSIÓN PARA LA DEMOCRACIA - 21 PUNTOS 1.- Toda persona tiene derecho a investigar, buscar, recibir y difundir informaciones, opiniones e ideas, sin censura previa, a través de la radio y la televisión, en el marco del respeto al Estado de derecho democrático y los derechos humanos. 2.- La radiodifusión es una forma de ejercicio del derecho a la información y la cultura y no un simple negocio comercial. La radiodifusión es un servicio de carácter esencial para el desarrollo social, cultural y educativo de la población, por el que se ejerce el derecho a la información. 3.- Se garantizará la independencia de los medios de comunicación. La ley deberá impedir cualquier forma de presión, ventajas o castigos a los comunicadores o empresas o instituciones prestadoras en función de sus opiniones, línea informativa o editorial, en el marco del respeto al estado de derecho democrático y los derechos humanos. También estará prohibida por ley la asignación arbitraria o discriminatoria de publicidad oficial, créditos oficiales o prebendas. 4.- Las frecuencias radioeléctricas no deben transferirse, venderse ni subastarse. Nadie debe apropiarse de las frecuencias. Las frecuencias radioeléctricas pertenecen a la comunidad, son patrimonio común de la humanidad, y están sujetas por su naturaleza y principios a legislaciones nacionales así como a tratados internacionales. Deben ser administradas por el Estado con criterios democráticos y adjudicadas por períodos de tiempo determinado a quienes ofrezcan prestar un mejor servicio. La renovación de las licencias estará sujeta a audiencia pública vinculante. 5.- La promoción de la diversidad y el pluralismo debe ser el objetivo primordial de la reglamentación de la radiodifusión. El Estado tiene el derecho y el deber de ejercer su rol soberano que garanticen la diversidad cultural y pluralismo comunicacional. Eso implica igualdad de género e igualdad de oportunidades para el acceso y participación de todos los sectores de la sociedad a la titularidad y gestión de los servicios de radiodifusión. 6.- Si unos pocos controlan la información no es posible la democracia. Deben adoptarse políticas efectivas para evitar la concentración de la propiedad de los medios de comunicación. La propiedad y control de los servicios de radiodifusión deben estar sujetos a normas antimonopólicas por cuanto los monopolios y oligopolios conspiran contra la democracia, al restringir la pluralidad y diversidad que asegura el pleno ejercicio del derecho a la cultura y a la información de los ciudadanos. 7.- El público tendrá derecho a acceder a una información plural, así como a la diversidad cultural. Para ello se deberá garantizar la indemnidad intelectual y estética de los trabajadores de la comunicación y de todos aquellos que participan en la producción de bienes culturales. 8.- En los casos de una integración vertical u horizontal de actividades ligadas, o no, a la comunicación social, se deberán establecer regulaciones que promuevan el pluralismo, respeten las incumbencias profesionales y derechos intelectuales de los artistas y demás trabajadores de la comunicación y el espectáculo. 9.- Deberá mantenerse un registro público y abierto de licencias. El registro deberá contener los datos que identifiquen fehacientemente a los titulares de cada licencia, y los integrantes de sus órganos de administración además de las condiciones bajo las cuales fue asignada la frecuencia. Las localizaciones radioeléctricas no previstas en los planes técnicos deberán ser puestas en disponibilidad a pedido de parte con la sola demostración de su viabilidad técnica. 10.- No podrán ser titulares de licencias de servicios de radiodifusión ni integrantes de sus órganos directivos, quienes ocupen cargos electivos oficiales nacionales, provinciales o municipales, funcionarios públicos de los distintos poderes, miembros de las Fuerzas Armadas y de seguridad, como así tampoco aquellos que hayan tenido participación comprometida con violaciones a los derechos humanos. 11.- Existen tres tipos de prestadores de servicios de radiodifusión: públicos, comerciales y comunitarios de organizaciones de la Sociedad Civil sin fines de lucro. Quedará prohibido todo tipo de discriminación o cercenamiento a causa de la naturaleza jurídica de la organización propietaria, en cuanto a potencia, cantidad de frecuencias disponibles o limitaciones a los contenidos. Todos los servicios de radiodifusión podrán contratar publicidad en igualdad de condiciones, ya que así se respetan los derechos humanos económicos, sociales y culturales. 12.- Los medios estatales deberán ser públicos y no gubernamentales. Deberán proveer una amplia variedad de programación informativa, educativa, cultural, de ficción y de entretenimiento garantizando la participación ciudadana y la atención a las necesidades de la población. En todas las regiones del país se destinará una frecuencia a la recepción gratuita del canal de TV pública nacional y de Radio Nacional; y de igual forma se reservará al menos una frecuencia para una radio y una emisora de TV provincial y una emisora de FM municipal . Los servicios de la radiodifusión universitaria constituyen un sistema público de gestión autónoma y se reservará no menos de una frecuencia de radiodifusión a cada una de las Universidades públicas nacionales. 13.- Los planes técnicos deberán reservar al menos el 33% de frecuencias, en todas las bandas, para entidades sin fines de lucro. En estos casos tendrá que prevalecer como criterio de asignación de frecuencias el plan de servicios y la inserción de las entidades en su comunidad. 14.- La ley establecerá cuotas que garanticen la difusión sonora y audiovisual de contenidos de producción local, nacional y propia. Esto implica producción realizada por actores, músicos, directores, periodistas, artistas, investigadores y técnicos argentinos, y reglamentará la obligación de inversión en producción propia y en la compra de derecho de antena de películas nacionales. 15.- La explotación de los servicios de radiodifusión es indelegable y debe ser prestada por el propio titular de la licencia. 16.- Las repetidoras y cadenas deben ser una excepción a la regla de modo tal de priorizar el pluralismo y la producción propia y local, salvo para las emisoras estatales de servicio público o la emisión de acontecimientos de carácter excepcional. 17. La publicidad sonora y audiovisual será de total producción nacional y deberá siempre diferenciarse de los contenidos de la programación, no estará incluida en esta, se difundirá en tandas claramente identificadas al inicio y al final por la señal distintiva del medio y no inducirá a estafas y engaños a la comunidad. 18. Los sistemas de distribución de señales deberán incluir en su grilla de canales las emisoras de TV de aire de la localidad, el canal público nacional y un canal con producción informativa local y propia. 19. La autoridad de aplicación deberá respetar en su constitución el sistema federal y estará integrada además por organizaciones de la sociedad civil no licenciatarias y por representantes de las entidades representativas de los trabajadores de los medios y de las artes audiovisuales. 20.- Se creará la figura de la "Defensoría del público", con delegaciones en las provincias, que recibirá y canalizará las inquietudes de los habitantes de la Nación. Deberá incluirse un capítulo que garantice los derechos del público. Estos podrán ser ejercidos directamente por los habitantes de la Nación o a través de la defensoría del público. 21. En la nueva ley se deberá contemplar la normalización de los servicios de radiodifusión atendiendo a las necesidades de aquellos impedidos de acceder a una licencia por las exclusiones históricas de la ley 22.285 y la administración arbitraria de las frecuencias por parte del Estado nacional.

INICIATIVA CIUDADANA POR UNA LEY DE RADIODIFUSIÓN PARA LA DEMOCRACIA

EL JUEVES 27 DE AGOSTO a las 11hs. en el Cabildo Por la LIBERTAD DE EXPRESIÓN y contra el discurso hegemónico y monopólico: VAMOS POR LA NUEVA LEY *POR LA DEROGACIÓN DE LA LEY DE RADIODIFUSION *POR LA NUEVA LEY DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL *POR LA REDISTRIBUCIÓN DE LA PALABRA PÚBLICA

lunes, 24 de agosto de 2009

Festejos Día del Maestro

Estamos organizando llegar a la fiesta por nuestro día, en el RECREO DEL TIGRE, para el viernes 11 de septiembre. La combi nos cobra 60 $ por persona para el traslado ida y vuelta. El almuerzo, lancha, baile con sorteos $ 45. Si vas con alguien no afiliado paga 55$. Vení y anotate. Te va a encantar ese lugar..., es nuestro y está en una isla con vista al Río Luján, rodeada de vegetación por un lado y por la belleza arquitectónica del Tigre Hotel, convertido ahora en un museo de obras de arte, en el frente de nuestra casona.

SEMINARIO ALFAB.: 2º encuentro

El día lunes 31 de agosto llevaremos a cabo el segundo encuentro del seminario Alfabetización Liberadora. La apertura es a partir de las 9.00 hs. hasta las 16.00. El lugar es el ISFD Nº 90. El desarrollo del mismo incluirá una conferencia de Beatriz Aisenberg, análisis de la ponencia, un video de historia, trabajo con la secuencia didáctica. Circulará material de actividades para el aula, muy interesante. Son buenos momentos para el intercambio de experiencias y la visualización de proyectos en común.

domingo, 16 de agosto de 2009

Gripe A: quedan sin efecto las licencias para embarazadas

Autoridades sanitarias de la Capital Federal y la provincia de Buenos Aires anunciaron que a partir del martes 18 de agosto quedarán sin efecto las licencias especiales que se otorgaron a las trabajadoras embarazadas a modo de prevención contra la gripe A. La decisión se tomó después de que expertos y equipos técnicos determinaran que, dado el drástico descenso de casos de la nueva gripe, la menor circulación viral y el aumento de la temperatura, las mujeres embarazadas se encuentran en condiciones de reincorporarse a sus puestos laborales.

viernes, 14 de agosto de 2009

Inscripción a listados complementarios

Secretaría de Asuntos Docentes informó que el período de inscripción para los Listados 108 A (Ampliatorio) – 108 B (Complementario) - Superior y Artística será del 31//08 al 22/09/09 DOCUMENTACION A PRESENTAR AL MOMENTO DE LA INSCRIPCIÓN LISTADO 108 A (Ampliatorio) · Formulario Declaración Jurada Listado Oficial 2009/2010 (Original y dos (2) copias). · Fotocopia documento de identidad 1° y 2° hojas y la que corresponde a cambio de domicilio, aún estando en blanco. · Fotocopia del Título habilitante registrado en la Pcia. De Bs. As. · Fotocopia certificados de cursos debidamente registrados en la Pcia. De Bs. As. · Antigüedad docente y calificación certificadas por autoridad competente (recibo de sueldo no es comprobante para acreditación de antigüedad). DOCUMENTACION A PRESENTAR AL MOMENTO DE LA INSCRIPCIÓN LISTADO 108 B (Complementario) · Formulario Declaración Jurada Listado 108 B (Complementario) (Original y dos (2) copias). · Talón de Aspirante (1 copia) · Talones de rama (1 copia) · Fotocopia documento de identidad 1° y 2° hojas y la que corresponde a cambio de domicilio, aún estando en blanco. · Fotocopia de Título no docente registrado en la Pcia. De Bs. As. o constancia de porcentaje de materias aprobadas de la carrera. · Constancia de alumno regular del organismo en el caso de que posea porcentaje de materias aprobadas de la carrera. · Antigüedad docente certificada por autoridad competente (recibo de sueldo no es comprobante para acreditación de antigüedad). · La inscripción se realizará en las siguientes ramas: Escuela Secundaria Básica (Todas las áreas) – Escuela Primaria Básica (MG – BI – AI) – Secundaria Media Adultos (Todas las asignaturas) – Secundaria Ciclo Superior (Todas las asignaturas) – Artística – Especial – Psicología – Adultos (MC – BI). DOCUMENTACION A PRESENTAR AL MOMENTO DE LA INSCRIPCIÓN LISTADO 108 A (Rama Superior) · Formulario Declaración Jurada Nivel Terciario Rama Superior Original y dos (2) copias. · Talón de Aspirante (1 copia) · Fotocopia documento de identidad 1° y 2° hojas y la que corresponde a cambio de domicilio, aún estando en blanco. · Fotocopia del Título habilitante registrado en la Pcia. De Bs. As. · Fotocopia certificados de cursos debidamente registrados en la Pcia. De Bs. As. · Antigüedad docente y calificación certificadas por autoridad competente (recibo de sueldo no es comprobante para acreditación de antigüedad). DOCUMENTACION A PRESENTAR AL MOMENTO DE LA INSCRIPCIÓN LISTADO 108 B (Rama Superior) · Formulario Declaración Jurada Nivel Terciario Rama Superior Original y dos (2) copias). · Talón de Aspirante (1 copia) · Talón de rama (1 copia) · Fotocopia documento de identidad 1° y 2° hojas y la que corresponde a cambio de domicilio, aún estando en blanco. · Fotocopia de Título no docente registrado en la Pcia. De Bs. As. · Certificado de Título en trámite (docente habilitante o no docente) · Antigüedad docente certificada por autoridad competente (recibo de sueldo no es comprobante para acreditación de antigüedad).

lunes, 10 de agosto de 2009

Prolongación de licencia por profilaxis

En el día de la fecha Dirección Provincial de Gestión Educativa informó que la licencia por profilaxias otorgada a embarazadas y grupos de riesgo se prolongará hasta nuevo aviso.

domingo, 9 de agosto de 2009

Las embarazadas continuarán con la licencia preventiva

VISTO la actual situación de la epidemia por influenza A H1N1; y CONSIDERANDO: Que con la finalidad de brindar una adecuada protección a los trabajadores frente a la referida enfermedad denominada influenza A H1N1, se han implementado distintas medidas y recomendaciones, tales como las expedidas por la Comisión Mixta de Salud y Seguridad en el Empleo Público (COMISASEP),desarrolladas durante el período de emergencia sanitaria declarado en todala Provincia de Buenos Aires; Que en virtud de las competencias atribuidas a esta jurisdicción en cuanto a la determinación de políticas y acciones atinentes a la prevención, recuperación, asistencia y mantenimiento de la salud de la población de esta provincia y atento la evolución actual de la epidemia, resulta necesario recomendar se adopten medidas tendientes a reanudar el funcionamiento de áreas y tareas en las distintas reparticiones de la Administración PúblicaProvincial; Que asimismo, con la finalidad de propender a la protección de posibles contagios a agentes de mayor vulnerabilidad, deviene necesario continuar con las medidas adoptadas en el Artículo 3º del Decreto nº 1047/09, justificandocon goce integro de haberes las inasistencias de mujeres en período gestacional; Por ello, EL MINISTRO DE SALUD RESUELVE ARTICULO 1º. Recomendar, a las distintas reparticiones de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada, la finalización del período de justificación de inasistencias con goce integro de haberes, a los agentes dela Administración Pública Provincial, en las condiciones establecidas en elartículo 3º del Decreto Nº 1047/09, con excepción de las mujeres en período gestacional. ARTÍCULO 2°. Registrar, comunicar a la Dirección Provincial de Personal dela Secretaría General de la Gobernación. Cumplido, archivar.. RESOLUCIÓN N° 003092/09

lunes, 3 de agosto de 2009

Cobro de haberes

FECHA DE PAGO SUELDO JULIO: 7 de AGOSTO (Titulares, provisionales y suplentes ) INCENTIVO : Con sueldo julio se paga la 3ra cuota del 2do semestre 2008, incluyendo la cuota extraordinaria de 55 pesos. .

BOLETÍN INFORMATIVO

1- Ante la pandemia que azota al país se ha puesto en vigencia el Decreto 1047/09 emanado por Gobernación y firmado por los Ministerios de Salud, Trabajo y Jefatura de Gabinete. El Decreto establece recomendaciones que se aplicarán con carácter general a la totalidad del personal que presta servicios en el ámbito provincial, sin prejuicio del régimen estatutario aplicable. Es importante destacar que en este Decreto esta bien estipulado el grupo de trabajadores de riesgo y su cobertura tanto en licencia como en la redefinición de tareas: “Se recomienda dar licencia con goce de haberes a las mujeres embarazadas y paciente con factores de riesgo para que realicen distanciamiento social durante el tiempo en que la epidemia mantenga elevados niveles de incidencia. La finalización de este lapso será determinada en base a recomendaciones del Ministerio de Salud:” Procedimiento de solicitud de licencias: - PERSONAS CON GRIPE: - Presentar certificado del médico tratante con diagnóstico en la Dirección de Personal o al superior jerárquico de su institución para obtener licencia con goce de haberes por hasta 7 días. - Ante la reiteración del pedido de licencia por igual diagnóstico, el superior jerárquico dará intervención a la Dirección de Medicina Ocupacional. - EMBARAZADAS Y PERSONAS CON FACTORES DE RIESGO: - Presentar, a la Dirección de Personal o al superior jerárquico de su institución, el resumen de historia clínica firmado por el médico tratante y copia de estudios complementarios actualizados que acrediten el diagnóstico del factor de riesgo y/o estado de gravidez para obtener la licencia con goce de haberes. Estas licencias estarán sujetas a auditorías y se otorgarán basadas en el acto que aprueba estas recomendaciones. Grupos de riesgo: - Adultos mayores de 65 años - Embarazadas - Enfermedades crónicas: - Pulmonares: Bronquitis crónica, enfisema, Asma Bronquial bajo tratamiento, Hipertensión pulmonar, Enfermedad fibroquística - Cardiovasculares (no incluye hipertensión arterial): Miocardiopatías, Malformaciones congénitas, Insuficiencia cardíaca congestiva. - Renales: Insuficiencia renal crónica, Síndrome Nefrótico. - Metabólicas: Diabetes mellitas, Obesidad severa (Índice de masa corporal mayor a 35) - Oncológicas con menos de 5 años de evolución desde el diagnóstico. - Hematológicas - Hepáticas: Insuficiencia Hepática, Cirrosis. - Inmunosuprimidos: Por consumo de inmunosupresores o corticoides, transplante o VIH/SIDA Este Decreto encuadra a los compañeros que deben estar protegidos por el riesgo de contraer esta enfermedad. En estos casos la licencia que le corresponde es 114 h ( profilaxis). En los casos de compañeros que ya están enfermos, ya sea por gripe o por cualquier otra enfermedad se tiene que proceder como siempre, es decir presentando el certificado médico y tomando licencia por 114 a 2 ó 114 a2 de acuerdo a la indicación médica . 2 - Los suplentes tendrán continuidad luego del receso escolar de invierno. ”SECRETARÍAS DE ASUNTOS DOCENTESY EQUIPO INSTITUCIONAL Atento a aquellos docentes titulares y provisionales con licencias que se hayan reintegrado a sus funciones durante la suspensión de clases por razones sanitarias o durante el receso escolar de invierno y renovaran su licencia al reinicio de las clases (03-08-09); a los efectos de dar continuidad al docente suplente, se deberá proceder acorde a lo estipulado en el Artículo 110º del Estatuto del Docente y Decretos reglamentarios. 3 – Se prolonga entre 10 a 15 días el cierre del trimestre para permitir, a docentes y alumnos, disponer de los tiempos necesarios para desarrollar los contenidos correspondientes y realizar las evaluaciones pertinentes sobre los contenidos. 4- Se resuelve retrasar las comisiones evaluadoras para ESB, Polimodal y Adultos: 3 al 7 de agosto semana de orientación para 1º, 2º y 3º de ESB sin suspensión de clases; 10 al 12 de agosto comisiones evaluadoras sin suspensión de clases. 5-RECUPERACIÒN DE ALUMNOS AUSENTES Organizar un operativo distrital con el fin de recuperar alumnos ausentes en conjunto con los Equipos de la Direcciòn de Psicologìa, Inspectores de todas las àreas, Orientadores Sociales de todos los servicios y los coordinadores regionales de Polìticas Socio – Educativas. Se recibe información permanente desde el 03/08 enviando los primeros datos el 06/08 desde las Escuelas a Jefatura Distrital remitiendo la planilla Nº 1. Planilla Nº 2 ( relevamiento de alumnos) el 18 /08. El primer dìa el Directivo recibe al alumnado, informando a las familias de las medidas dispuestas en cuanto a seguridad sanitaria en el contexto escolar y trabajo pedagògico. Todos los actores institucionales estàn involucrados a fin de establecer comunicación con las familias de los alumnos ausentes, indagando motivos y fechas de regreso a clases. 6- ORIENTACIONES PARA UNA RESPUESTA PEDAGÒGICA Desde las Escuelas se debe brindar acciones orientadas en los diferentes niveles que permitan brindar respuestas adecuadas a la especificidad de cada situación. Por eso se propone -Lograr que todos los alumnos regresen a las aulas. -Revisar las pràcticas institucionales para garantizar la reinserciòn e inclusión educativa de los alumnos, en especial aquellos que presentan situaciones de vulnerabilidad social y estàn en riesgo socioeducativo. -Redefinir estrategias didàcticas que hagan posible el aprendizaje de todos los alumnos en el contexto de las particularidades del ciclo lectivo 2009. -Articular acciones con otras instituciones. - Reforzar la alianza educativa con las familias a partir de esta emergencia- - Atender situaciones especiales vinculadas a la pandemia que impacten el las instituciones educativas. -Lograr que TODOS los alumnos vuelvan a las Escuelas realizando distintas acciones distritales e institucionales. - Priorizar contenidos -Revisar las pràcticas institucionales - Redefinir estrategias - Articular acciones en red - Reforzar la participación de las familias EN LA SECCIONAL SE ENCUENTRAN PARA SU CONSULTA DISPOSICIÒN Nº 1/09 PSICOLOGÌA COMUNITARIA Y PEDAGOGÌA SOCIAL Y EDUCACIÒN ESPECIAL. DOCUMENTO Las instituciones educativas bonaerenses ante la emergencia sanitaria: orientaciones para una respuesta pedagògica Instructivo de acciones referidas al seguimiento del ausentismo y detecciòn de alumnos en presunto abandono escolar Comunicaciòn conjunta 03/09 Reprogramaciòn Evaluaciones turno junio / julio Comunicaciòn conjunta Nº1 prolongaciòn del 2ª trimestre y 1ª cuatrimestre del Bachillerato para adultos Resoluciòn Nº 2137 Planilla relevamiento de alumnos Circular Nº 19 Licencias por enfermedad Circular Nº 20 continuidad de suplentesGuìa de recomendaciones Gripe AH1N1 para establecimentos educativos