martes, 12 de enero de 2010

Afiliados con cónyuges/convivientes a cargo en el IOMA

BENEFICIARIOS CON OTRA OBRA SOCIALAFILIADO AL IOMA CON CONYUGE/CONVIVIENTE A CARGO (ACTUALMENTE SIN RETENCIÓN DE CUOTA ADICIONAL DECRETO N° 3771/07)
Si tienen a cargo a un cónyuge o conviviente sin cuota adicional y el beneficiario NO tiene otra obra social obligatoria, sigue en el IOMA con las mismas condiciones que hasta la fecha. Si su cónyuge o conviviente en el transcurso de este año obtuvo una obra social obligatoria nacional , podrá optar por continuar en el IOMA con cuota adicional que se aplicara automáticamente a partir del 01/02/10. Si NO acepta continuar en el IOMA con cuota adicional, deberá presentar el pedido de baja en su delegación hasta el 15/01/10 Aclaración: IOMA realiza un cruce de padrones con el ANSES , del cual surgen los beneficiaros que tienen obra social obligatoria nacional. Pueden consultar en la pagina de ANSES, y sacar una certificación negativa para verificar la situación de su cónyuge o conviviente.También en la pagina de IOMA, pueden consultar si está sujeto al descuento de cuota cónyuge

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